Consejero de seguridad de mercancías peligrosas

Las empresas que transporten mercancías peligrosas o que efectúen operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, tienen la obligación de designar uno o varios consejeros de seguridad (R.D. 1566/99 del 8 de octubre). Este consejero puede ser un miembro del personal de la empresa o una persona externa contratada por la empresa que tenga el certificado de formación.

Los consejeros de seguridad están obligados a redactar un informe anual sobre las actividades de transporte de mercancías peligrosas de la empresa a las que están adscritos.

Desde OFIGRIN ofrecemos el servicio de consejero de seguridad, siendo las funciones principales de dicho consejero las siguientes:

  • Asesorar a la empresa en las operaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.
  • Redactar un INFORME ANUAL sobre las actividades relativas al transporte de mercancías peligrosas.
  • En caso de accidente, la redacción del parte de accidente destinado a la dirección de la empresa.
  • Colaborar, cuando sea necesario, con las autoridades de las Administraciones públicas.